El 25 de agosto de 1560 el parlamento escocés aceptó la Confesión calvinista escocesa, prohibió la misa y declaró que el Papa no tiene jurisdicción en Escocia. Una decisión que cambiaría para siempre el panorama religioso de la nación.
Escrita en 1560 por seis líderes de la Reforma protestante en Escocia. El texto de la Confesión fue el primer estándar subordinado de la iglesia protestante en Escocia. Junto con el Libro de Disciplina y el Libro de Orden Común, este se considera un documento formativo para la Iglesia de Escocia durante ese tiempo.
La confesión nació oficialmente en agosto de 1560, cuando el Parlamento de Escocia acordó reformar la religión del país. Para permitirles decidir cuál sería la fe reformada, nombraron a John Knox como superintendente, él dirigiría a un equipo conformado por John Winram, John Spottiswood, John Willock, John Douglas y John Row (Six Johns), para preparar una Confesión de fe. Los 25 capítulos de la Confesión explican una declaración contemporánea de la fe cristiana tal como la entendían los seguidores de Juan Calvino durante su vida.
Los ecos de la Confesión
Cuando los cristianos alemanes que sufrían bajo el mandato de Adolfo Hitler buscaron orientación sobre cómo actuar bajo un régimen fascista y totalitario, algunos de ellos encontraron gran ayuda en la Confesión Escocesa. Esto puede sorprendernos porque la Confesión había sido creada por una ley del Parlamento escocés casi 400 años antes, en 1560, y redactada rápidamente en cuatro días por John Knox y otras cinco personas.
La Confesión no está pulida, es un poco repetitiva, irregular y está llena de emociones. Fue la teología oficial de la Iglesia escocesa durante sólo 90 años, ya que fue sustituida en 1647 por la Confesión de Westminster.
Sin embargo, la Confesión es también cordial, vigorosa y espontánea. Un núcleo teológico cristalino se reviste de un lenguaje profético y militante. Algunos de sus pasajes han inspirado a los cristianos de Escocia y de otros países. Son especialmente destacables sus reflexiones sobre la Biblia, la comunión, la vida cristiana y la relación del cristiano con el poder civil.
Exégesis del amor
La Confesión afirma firmemente la autoridad exclusiva de la Escritura y la necesidad de interpretarla a la luz de toda la Biblia: “Si la interpretación de cualquier teólogo, iglesia o concilio entra en conflicto con la clara Palabra de Dios escrita en cualquier otro pasaje de la Escritura... Esta no es la verdadera comprensión y significado del Espíritu Santo, aunque los concilios, reinos y naciones la hayan adoptado”.
Además, la interpretación no debe hacerse de forma mecánica o robótica. Debe encajar no sólo con la fe cristiana y con toda la Biblia, sino también con los dictados del amor: “No nos atrevemos a recibir o permitir ninguna interpretación contraria a los puntos principales de nuestra fe, al sentido claro de la Escritura o a la regla del amor” (artículo 18).
Transportados a Cristo
Entre las confesiones reformadas, la enseñanza eucarística de la Confesión Escocesa es “elevada” porque afirma que los creyentes reciben y absorben el verdadero cuerpo de Cristo como un don.
El poder capacitador de este sacramento no son ni las palabras y acciones del ministro (como en el catolicismo romano) ni la fe de los receptores (como en muchos protestantes), sino el Espíritu Santo:
“Esta unión y conjunción que tenemos con el cuerpo y la sangre de Cristo Jesús en el uso correcto de los sacramentos se logra por el Espíritu Santo, que por la verdadera fe nos lleva por encima de todas las cosas visibles, corporales y mundanas, y nos ofrece el cuerpo y la sangre de Cristo Jesús como alimento…”
El sacramento transmite místicamente a los creyentes a Cristo en plenitud. La comunión real con Cristo no sólo aporta alimento para el alma, sino que también promete la regeneración física definitiva:
“Creemos... que los fieles, en el uso correcto de la mesa del Señor, comen el cuerpo y beben la sangre del Señor Jesús para que él permanezca en ellos y ellos en él; son hechos carne de su carne y hueso de su hueso para que, así como Dios eterno ha dado vida e inmortalidad a la carne de Cristo Jesús, que por naturaleza era corruptible y mortal, así comer y beber la carne y la sangre de Cristo Jesús hace lo mismo para nosotros”.
Así, al contrario de otras enseñanzas protestantes, la Eucaristía no es sólo un servicio conmemorativo: “Por eso, si alguien nos calumnia diciendo que los sacramentos no son más que símbolos, nos ofende a nosotros y a la verdad” (artículo 21).
Ética con los pies en la tierra
En la Confesión, la existencia cristiana no es sólo tener fe y obedecer las prohibiciones, sino también vivir una vida transformada para el prójimo y para la sociedad: “Confesamos que Dios ha dado al hombre su santa ley. En ella, no sólo se prohíben todas las obras que desagradan y ofenden a la Majestad divina, sino que también se ordenan las que le agradan y que prometió recompensar”.
La Confesión es única al especificar la ética cristiana práctica. Insta a la buena ciudadanía, a la vida honorable y al compromiso con la justicia social: “Estas obras son de dos clases. ...El primer tipo es: tener un solo Dios, adorarlo y honrarlo, invocarlo en nuestros problemas, reverenciar su santo Nombre, escuchar su Palabra y creerla, y participar en sus santos sacramentos”.
"El segundo tipo es: honrar al padre, a la madre, a los monarcas, a los gobernantes y a los poderes superiores; amarlos, apoyarlos, obedecer sus órdenes siempre que no sean contrarias a los mandamientos de Dios, salvar la vida de los inocentes, derrocar la tiranía, defender a los oprimidos, mantener nuestros cuerpos limpios y santos, vivir en la sobriedad y la templanza, tratar con justicia a todos los hombres de palabra y de obra y, finalmente, someter cualquier deseo de dañar al prójimo... Los actos contrarios son pecados” (artículo 14).
Discreción sobre la rebelión
Lo más controvertido ha sido la actitud de la Confesión hacia el poder civil. ¿Contempla la resistencia al gobierno opresor, incluso por la fuerza?
Los que niegan que contenga alguna teoría de la resistencia citan el artículo 24, Sobre el magistrado civil: “Sostenemos que los hombres que conspiran para rebelarse o derrocar los poderes civiles... no son simplemente enemigos de la humanidad, sino rebeldes contra la voluntad de Dios... Juramos que los que se resisten a los poderes supremos, mientras actúan en su propio ámbito, se resisten a la ordenación de Dios”.
Otros, como el teólogo suizo Karl Barth, sostienen que los puntos de vista de Knox al respecto —derrotar a los tiranos (los verdaderos rebeldes y enemigos de la sociedad)— están en el documento de forma discreta. Se argumenta, además, que Knox hace que dicha acción no sólo sea permisible, sino obligatoria. En el artículo 13, por ejemplo, los “obreros de la iniquidad” no son sólo “personas sucias, idólatras, borrachos y ladrones”, sino también “asesinos, opresores y crueles perseguidores”. Y el artículo 14 afirma el deber cristiano de salvar vidas inocentes, derrocar la tiranía y defender a los oprimidos: “Estas buenas obras... se hacen con fe y por mandato de Dios”. Si esto sanciona la rebelión, concuerda con las conocidas opiniones controvertidas de Knox.
Probablemente la mejor manera de entender la enseñanza de la Confesión es que el poder civil no es absoluto y está permanentemente a prueba a los ojos de los cristianos. Ningún cristiano debe prestar una lealtad absoluta y sin reservas a ningún gobierno, y los cristianos se reservan el derecho a una justa rebelión.
Ninguna otra confesión de la Reforma se aventuró tanto en aguas tan peligrosas, tal vez porque fue compuesta en tiempos peligrosos, tiempos que exigían una fe vigorosa.
Si bien el Parlamento aprobó la Confesión el 27 de agosto de 1560, actuando fuera de los términos del Tratado de Edimburgo para hacerlo, María, Reina de Escocia, católica romana, se negó a estar de acuerdo, y la Confesión no fue aprobada por el monarca. hasta 1567, después del derrocamiento de María. Sin embargo, siguió siendo la Confesión de la Iglesia de Escocia hasta que fue reemplazada por la Confesión de fe de Westminster el 27 de agosto de 1647.
Este artículo fue escrito originalmente en 1995 por Ian Hazlett. Para el momento de la escritura de este artículo, Hazlett era profesor titular de historia eclesiástica en la Universidad de Glasgow, Escocia. El artículo fue traducido y adaptado por el equipo de BITE en el año 2022.
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